Código Federal de Procedimientos Civiles
Libro SEGUNDO: Contención
Título PRIMERO: Juicio
Capítulo II: Emplazamiento
Artículo 328. Los efectos del emplazamiento son:
- I. Prevenir el juicio en favor del tribunal que lo hace; - II. Sujetar al emplazado a seguir el juicio ante el tribunal que lo emplazó, siendo competente al tiempo de la citación; - III. Obligar al demandado a contestar ante el tribunal que lo emplazó, salvo siempre el derecho de promover la incompetencia, y - IV. Producir todas las consecuencias de la interpelación judicial.