Código Federal de Procedimientos Civiles
Libro PRIMERO: Disposiciones Generales
Título SEGUNDO: Autoridad Judicial
Capítulo I: Competencia
Sección QUINTA: De las competencias entre los tribunales de dos o más Estados
Artículo 32. Cuando las leyes de los Estados cuyos jueces compitan, tengan la misma disposición respecto del punto jurisdiccional controvertido, conforme a ellas se decidirá la competencia.