Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Código Federal de Procedimientos Civiles

Libro PRIMERO: Disposiciones Generales

Título CUARTO: Prueba

Capítulo IX: Valuación de la prueba

Artículo 211. El valor de la prueba pericial quedará a la prudente apreciación del tribunal.

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.