Código Federal de Procedimientos Civiles
Libro PRIMERO: Disposiciones Generales
Título PRIMERO: Partes
Capítulo II: Obligaciones y responsabilidades de las partes
Artículo 11. En los conflictos de Poderes, y en todo caso en que el litigio se establezca exclusivamente entre entidades federativas, o entreéstas y la Federación, no habrá lugar a costas, sea que se hayan causado o no. Cada parte será responsable de sus propios gastos.