Código Fiscal de la Federación
Título SEGUNDO: De los Derechos y Obligaciones de los Contribuyentes
Capítulo UNICO
Artículo 22-C. Los contribuyentes que tengan cantidades a su favor cuyo monto sea igual o superior a $11,510.00, deberán presentar su solicitud de devolución en formato electrónico con firma electrónica avanzada.