Código Fiscal de la Federación
Título QUINTO: De Los Procedimientos Administrativos
Capítulo I: Del recurso administrativo
Sección Primera: Del Recurso de Revocación
Artículo 120. La interposición del recurso de revocación será optativa para el interesado antes de acudir al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
Cuando un recurso se interponga ante autoridad fiscal incompetente,ésta lo turnará a la que sea competente.