Código de Comercio
Libro TERCERO: Del Comercio Marítimo
Título TERCERO: De los Contratos Especiales del Comercio Marítimo
Capítulo IV: De la Rescisión Total o Parcial del Contrato de Fletamento
Artículo 765. (Se deroga).
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Artículo 765. (Se deroga).
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