Código de Comercio
Libro PRIMERO
Título SEGUNDO: De las Obligaciones Comunes a todos los que Profesan el Comercio
Capítulo III: De la Contabilidad Mercantil
Artículo 36. En el libro o los libros de actas se harán constar todos los acuerdos relativos a la marcha del negocio que tomen las asambleas o juntas de socios, y en su caso, los consejos de administración.