Código de Comercio
Libro QUINTO: De los Juicios Mercantiles
Título TERCERO: De los Juicios Ejecutivos
Artículo 1406. Concluido el término de prueba, se pasará al período de alegatos, el que será de dos días comunes para las partes.
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Artículo 1406. Concluido el término de prueba, se pasará al período de alegatos, el que será de dos días comunes para las partes.
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