Código de Comercio
Libro QUINTO: De los Juicios Mercantiles
Título ESPECIAL: Del Juicio Oral Mercantil
Capítulo II: Del Procedimiento Oral
Sección PRIMERA: Fijación de la Litis
Artículo 1390 Bis 14 Admitida la demanda, el juez ordenará emplazar al demandado corriéndole traslado con copia de la misma y de los documentos acompañados, a fin de que dentro del plazo de nueve días entregue su contestación por escrito.