Código de Comercio
Libro QUINTO: De los Juicios Mercantiles
Título PRIMERO: Disposiciones Generales
Capítulo XVIII: De la Fama Pública
Artículo 1276. Los testigos no solo deben declarar las personasá quienes oyeron referir el suceso, sino también las causas probables en que descanse la creencia de la sociedad.