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Código de Comercio

Libro SEGUNDO: Del Comercio en General

Título SEGUNDO: De Comercio Electrónico

Capítulo III: De los Prestadores de Servicios de Certificación

Artículo 110. El Prestador de Servicios de Certificación que incumpla con las obligaciones que se le imponen en el presente Capítulo, previa garantía de audiencia, y mediante resolución debidamente fundada y motivada, tomando en cuenta la gravedad de la situación y reincidencia, podrá ser sancionado por la Secretaría con suspensión temporal o definitiva de sus funciones. Este procedimiento tendrá lugar conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

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