Código Civil Federal
Libro SEGUNDO: De los Bienes
Título CUARTO: De la Propiedad
Capítulo VI: De la Copropiedad
Artículo 961. El propietario que quiera librarse de las obligaciones que impone el artículo anterior, puede hacerlo renunciando a la copropiedad, salvo el caso en que la pared común sostenga un edificio suyo.