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Código Civil Federal

Libro SEGUNDO: De los Bienes

Título CUARTO: De la Propiedad

Capítulo III: De los Tesoros

Artículo 883. Si el tesoro se buscare con consentimiento del dueño del fundo, se observarán las estipulaciones que se hubieren hecho para la distribución; y si no las hubiere, los gastos y lo descubierto se distribuirán por mitad.

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