Código Civil Federal
Libro SEGUNDO: De los Bienes
Título TERCERO: De la Posesión
Capítulo UNICO
Artículo 822. Las mejoras provenientes de la naturaleza o del tiempo, ceden siempre en beneficio del que haya vencido en la posesión.
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Artículo 822. Las mejoras provenientes de la naturaleza o del tiempo, ceden siempre en beneficio del que haya vencido en la posesión.
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