Código Civil Federal
Libro SEGUNDO: De los Bienes
Título SEGUNDO: Clasificación de los Bienes
Capítulo II: De los Bienes Muebles
Artículo 760. Cuando en una disposición de la ley o en los actos y contratos se use de las palabras bienes muebles, se comprenderán bajo esa denominación los enumerados en los artículos anteriores.