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Código Civil Federal

Libro PRIMERO: De las Personas

Título NOVENO: De la Tutela

Capítulo IV: De la Tutela Legítima de los Mayores de Edad Incapacitados

Artículo 489. Los padres son de derecho tutores de sus hijos, solteros o viudos, cuandoéstos no tengan hijos que puedan desempeñar la tutela, debiéndose poner de acuerdo respecto a quién de los dos ejercerá el cargo.

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