Código Civil Federal
Libro PRIMERO: De las Personas
Título NOVENO: De la Tutela
Capítulo IV: De la Tutela Legítima de los Mayores de Edad Incapacitados
Artículo 489. Los padres son de derecho tutores de sus hijos, solteros o viudos, cuandoéstos no tengan hijos que puedan desempeñar la tutela, debiéndose poner de acuerdo respecto a quién de los dos ejercerá el cargo.