Código Civil Federal
Libro PRIMERO: De las Personas
Título SEXTO: Del Parentesco, de los Alimentos y de la Violencia Familiar
Capítulo I: Del Parentesco
Artículo 298. La línea recta es ascendente o descendente: ascendente es la que liga a una persona con su progenitor o tronco de que procede; descendente es la que liga al progenitor con los que de él proceden. La misma línea es, pues, ascendente o descendente, según el punto de partida y la relación a que se atiende.