Código Civil Federal
Libro CUARTO: De las Obligaciones
Parte SEGUNDA: De las Diversas Especies de Contratos
Título DECIMOQUINTO: De la Hipoteca
Capítulo III: De la Hipoteca Necesaria
Artículo 2939. Si el responsable de la hipoteca designada en las fracciones II, III y IV del artículo 2935, no tuviere inmuebles, no gozará el acreedor más que del privilegio mencionado en el artículo 2995, fracción I, salvo lo dispuesto en el capítulo IX del título IX del libro primero.