Código Civil Federal
Libro CUARTO: De las Obligaciones
Parte SEGUNDA: De las Diversas Especies de Contratos
Título DECIMOSEGUNDO: De los Contratos Aleatorios
Capítulo II: De la Renta Vitalicia
Artículo 2780. También es nulo el contrato si la persona a cuyo favor se constituye la renta, muere dentro del plazo que en él se señale y que no podrá bajar de treinta días, contados desde el del otorgamiento.