Código Civil Federal
Libro CUARTO: De las Obligaciones
Parte SEGUNDA: De las Diversas Especies de Contratos
Título DECIMO PRIMERO: De las Asociaciones y de las Sociedades
Capítulo VII: De la Aparcería Rural
Artículo 2740. El contrato de aparcería deberá otorgarse por escrito, formándose dos ejemplares, uno para cada contratante.