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Código Civil Federal

Libro CUARTO: De las Obligaciones

Parte SEGUNDA: De las Diversas Especies de Contratos

Título OCTAVO: Del Depósito y del Secuestro

Capítulo II: Del Secuestro

Artículo 2542. El encargado del secuestro convencional no puede libertarse deél antes de la terminación del pleito, sino consintiendo en ello todas las partes interesadas, o por una causa que el juez declare legítima.

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