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Código Civil Federal

Libro CUARTO: De las Obligaciones

Parte SEGUNDA: De las Diversas Especies de Contratos

Título SEXTO: Del Arrendamiento

Capítulo III: De los Derechos y Obligaciones del Arrendatario

Artículo 2425. El arrendatario está obligado:

  1. I. A satisfacer la renta en la forma y tiempo convenidos;

    II. A responder de los perjuicios que la cosa arrendada sufra por su culpa o negligencia, la de sus familiares, sirvientes o subarrendatarios;

    III. A servirse de la cosa solamente para el uso convenido o conforme a la naturaleza y destino de ella.

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