Código Civil Federal
Libro CUARTO: De las Obligaciones
Parte PRIMERA: De las Obligaciones en General
Título QUINTO: Extinción de las Obligaciones
Capítulo III: De la Remisión de la Deuda
Artículo 2211. Habiendo varios fiadores solidarios, el perdón que fuere concedido solamente a alguno de ellos, en la parte relativa a su responsabilidad, no aprovecha a los otros.