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Código Civil Federal

Libro CUARTO: De las Obligaciones

Parte PRIMERA: De las Obligaciones en General

Título QUINTO: Extinción de las Obligaciones

Capítulo I: De la Compensación

Artículo 2198. El fiador, antes de ser demandado por el acreedor, no puede oponer aéste la compensación del crédito que contra él tenga, con la deuda del deudor principal.

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