Código Civil Federal
Libro CUARTO: De las Obligaciones
Parte PRIMERA: De las Obligaciones en General
Título CUARTO: Efectos de las Obligaciones
I: Efectos de las Obligaciones entre las Partes
Incumplimiento de las Obligaciones
Artículo 2160. Si la cosa enajenada con vicios redhibitorios se pierde por caso fortuito o por culpa del adquirente, le queda aéste, sin embargo, el derecho de pedir el menor valor de la cosa por el vicio redhibitorio.