Código Civil Federal
Libro TERCERO: De las Sucesiones
Título QUINTO: Disposiciones Comunes a las Sucesiones Testamentaria y Legítima
Capítulo IV: De los Albaceas
Artículo 1720. El albacea no puede transigir ni comprometer enárbitros los negocios de la herencia, sino con consentimiento de los herederos.