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Código Civil Federal

Libro TERCERO: De las Sucesiones

Título QUINTO: Disposiciones Comunes a las Sucesiones Testamentaria y Legítima

Capítulo IV: De los Albaceas

Artículo 1706. Son obligaciones del albacea general:

  1. I. La presentación del testamento;

    II. El aseguramiento de los bienes de la herencia;

    III. La formación de inventarios;

    IV. La administración de los bienes y la rendición de las cuentas del albaceazgo;

    V. El pago de las deudas mortuorias, hereditarias y testamentarias;

    VI. La partición y adjudicación de los bienes entre los herederos y legatarios;

    VII. La defensa, en juicio y fuera deél, así de la herencia como de la validez del testamento;

    VIII. La de representar a la sucesión en todos los juicios que hubieren de promoverse en su nombre o que se promovieren en contra de ella;

    IX. Las demás que le imponga la ley.

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