Código Civil Federal
Libro TERCERO: De las Sucesiones
Título QUINTO: Disposiciones Comunes a las Sucesiones Testamentaria y Legítima
Capítulo IV: De los Albaceas
Artículo 1706. Son obligaciones del albacea general:
I. La presentación del testamento;
II. El aseguramiento de los bienes de la herencia;
III. La formación de inventarios;
IV. La administración de los bienes y la rendición de las cuentas del albaceazgo;
V. El pago de las deudas mortuorias, hereditarias y testamentarias;
VI. La partición y adjudicación de los bienes entre los herederos y legatarios;
VII. La defensa, en juicio y fuera deél, así de la herencia como de la validez del testamento;
VIII. La de representar a la sucesión en todos los juicios que hubieren de promoverse en su nombre o que se promovieren en contra de ella;
IX. Las demás que le imponga la ley.