Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Código Civil Federal

Libro TERCERO: De las Sucesiones

Título TERCERO: De la Forma de los Testamentos

Capítulo VII: Del Testamento Marítimo

Artículo 1585. Si el Capitán hiciere su testamento, desempeñará sus veces el que deba sucederle en el mando.

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.