Código Civil Federal
Libro TERCERO: De las Sucesiones
Título SEGUNDO: De la Sucesión por Testamento
Capítulo VII: De los Legados
Artículo 1469. Los legados de usufructo, uso, habitación o servidumbre, subsistirán mientras viva el legatario, a no ser que el testador dispusiere que dure menos.