Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Código Civil Federal

Libro PRIMERO: De las Personas

Título CUARTO: Del Registro Civil

Capítulo XI: De la Rectificación, Modificación y Aclaración de las Actas del Registro Civil

Artículo 138 Bis. La aclaración de las actas del estado civil, procede cuando en el Registro Civil existan errores mecanográficos, ortográficos o de otra índole que no afecten los datos esenciales de aquéllas, y deberán tramitarse ante la Oficina del Registro Civil.

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.