Código Civil Federal
Libro TERCERO: De las Sucesiones
Título SEGUNDO: De la Sucesión por Testamento
Capítulo IV: De las Condiciones que pueden Ponerse en los Testamentos
Artículo 1356. Cuando la condición fuere casual o mixta, bastará que se realice en cualquier tiempo, vivo o muerto el testador, si éste no hubiere dispuesto otra cosa.