Código Civil Federal
Libro TERCERO: De las Sucesiones
Título SEGUNDO: De la Sucesión por Testamento
Capítulo II: De la Capacidad para Testar
Artículo 1310. Siéste fuere favorable, se procederá desde luego a la formación de testamento ante Notario Público, con todas las solemnidades que se requieren para los testamentos públicos abiertos.