Código Civil Federal
Libro TERCERO: De las Sucesiones
Título PRIMERO: Disposiciones Preliminares
Artículo 1281. Herencia es la sucesión en todos los bienes del difunto y en todos sus derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte.
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Artículo 1281. Herencia es la sucesión en todos los bienes del difunto y en todos sus derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte.
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