Código Civil Federal
Libro PRIMERO: De las Personas
Título CUARTO: Del Registro Civil
Capítulo VII: De las Actas de Matrimonio
Artículo 110. El Juez del Registro Civil que autorice un matrimonio teniendo conocimiento de que hay impedimento legal, o de queéste se ha denunciado, será castigado como lo disponga el Código Penal.