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Código Civil Federal

Libro SEGUNDO: De los Bienes

Título SEXTO: De las Servidumbres

Capítulo III: De la Servidumbre Legal de Desagüe

Artículo 1077. Si las aguas que pasan al predio sirviente se han vuelto insalubres por los usos domésticos o industriales que de ellas se haya hecho, deberán volverse inofensivas a costa del dueño del predio dominante.

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