Ley Aduanera
Título Segundo: Control de aduana en el despacho
Capítulo I: Entrada, salida y control de mercancías
Artículo 22. El remitente de los envíos postales que contengan mercancías para su exportación lo manifestará en las envolturas.
Igual obligación tiene el remitente de mercancías de procedencia extranjera que las envíe desde una franja o región fronteriza al resto del país.